No es lo mismo traducción jurada que traducción jurídica. Las traducciones juradas son todas aquellas firmadas y selladas por un traductor jurado acreditado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. En blarlo te realizamos todos los trámites para tener tu traducción jurada a cualquier idioma, realizada por profesionales expertos y recibiéndola en la dirección que quieras.
Traducción jurada profesional
La clave para saber si se necesita una traducción jurada es que vaya a surtir efecto legal y presentada antes un organismo oficial. Todas las traducciones juradas deben ser realizadas y firmadas por un traductor jurado acreditado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. Además, deben cumplir con una serie de requisitos legales como que no pueden presentarse en formato digital sino que tienen que entregarse los originales en papel de la traducción y una copia de los documentos en el idioma de origen ambos sellados por el traductor jurado.
En blarlo contamos con traductores jurados seleccionados para cada idioma y optimizamos el proceso de traducción para cumplir con todos los requisitos legales necesarios de una forma muy ágil y al menor coste posible. Dado que es necesaria la traducción en papel, realizamos el envío a cualquier parte del mundo.
Traducción jurada de documentos profesionales
Entre los documentos que suelen necesitar una traducción jurada tenemos:
- Acta de defunción
- Acta de divorcio
- Certificado de notas
- Certificado de empadronamiento
- Certificado de matrimonio o capitulaciones
- Certificado de penales
- Certificado de trabajo o prácticas
- Certificado o partida de nacimiento
- Contrato de alquiler
- Declaración de impuestos
- Diploma o título académico
- Documento judicial
- Documento notarial
- Factura
- Fe de vida u otro certificado civil
- Certificado de idiomas
- Informe médico
- Libro de familia
- Nómina
- Licitaciones públicas
- Escrituras notariales
- Contratos
- Estatutos de sociedad
- Poderes notariales
- Patentes
Además, en España, para poder legalizar documentos extranjeros es necesario apostillarlos. Si el país de origen es firmante del Convenio de la Haya bastará con incluir la Apostilla correspondiente y que será necesaria incluir en la traducción. Si el país no es firmante del Convenio de la Haya habrá que estudiar el método de legalización según el caso.